Inicio Nacional Sentencia en Juliana Campoverde abre el camino a la judialización de casos de desapariciones en el país

Sentencia en Juliana Campoverde abre el camino a la judialización de casos de desapariciones en el país

Por Yuli Gaona
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Tras cuatro horas de deliberación, el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha con votación unánime declaró culpable a Jonathan Carrillo Sánchez y lo sentenció a 25 años de prisión por el delito de secuestro extorsivo con resultado de muerte de Juliana Campoverde. Así lo dijo, hoy la jueza ponente Sara Costales.

Costales en su lectura de resolución, dijo que las pruebas indiciarias sobre la responsabilidad de Jonathan Carrillo fueron múltiples y testimoniales, con lo cual quedó probada la teoría del caso formulada por la fiscal Mayra Soria.

Dentro del dictamen judicial, se emitieron tres medidas de reparación: el cierre definitivo de la Iglesia Oasis Esperanza, que se oficie a la Secretaria de Planificación y a la secretaria de la Vicepresidencia el Registro Único de Pastores Evangélicos, y que Fiscalía y Policía apliquen el enfoque de género en los casos de personas desaparecidas. Además, como medida de reparación material dispuso el monto de 100 mil dólares.

Para Elizabeth Rodríguez y Absalón Campoverde, padres de Juliana, la sentencia es una justicia a medias. «Hasta ahora no conocemos dónde está Juliana, la vamos a seguir buscando».

Esta resolución se dio luego de que el Tribunal escuchara la prueba testimonial y documental de la defensa de Jonathan Carrillo.

La audiencia se instaló hoy, 17 de julio de 2019, cerca las 8:30 en la sala 208 del Complejo Judicial Norte con los testimonios de Christian Chancusig y Grace Sangucho. Además, Paúl Ocaña, abogado del pastor evangélico presentó como prueba documental dos certificados de antecedentes penales y de buena conducta en el centro penitenciario, respectivamente. Tras la presentación de la prueba, el Tribunal escuchó los alegatos finales de las partes.  

La primera en sustentar sus alegatos fue la fiscal Mayra Soria. Ella sostuvo que Juliana Campoverde fue trasladada del sur al norte de Quito, retenida en contra de su voluntad y arrojada sin vida en la quebrada de Bellavista, norte de Quito. Además, explicó que el motivo del secuestro se debía a una fijación sexual del autor con Juliana.

 

Jonathan Carrillo dio siete versiones durante el proceso y en todas se contradijo, mientras que en la audiencia de juicio se acogió al derecho al silencio. 

La fiscal indicó que esto se comprueba con los informes de especialistas que determinaron el perfil psicológico de Jonathan Carrillo, la triangulación de los teléfonos del procesado y de la joven; los resultados de los restos óseos y los peritajes informáticos de la IP de la computadora, de las tarjetas de ingreso y de los vídeos de vigilancia del Instituto Nacional de la Meritocracia, lugar de trabajo de Jonathan.

También manifestó la necesidad de una reparación integral para las víctimas. Entre ellas, pidió que se regule la formación de los pastores evangélicos, que se ordene el cierre definitivo de la Iglesia Evangélica Oasis de Esperanza, que se notifique la verdad de los hechos a la Iglesia Cuadrangular Evangélica y al Cuerpo de Pastores de Quito que en su momento no le creyeron a la familia de la joven y que se capacite en género y derechos humanos a los operadores de justicia como la Policía y Fiscalía.

En cuanto a las medidas de reparación por parte de la acusación particular, la abogada Gabriela Flores pidió que se continúe con la búsqueda del cuerpo de Juliana y que se reconozca una indemnización de 50 mil dólares a las víctimas directas y 20 mil a las indirectas, tal como lo dictó la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos dentro del caso Gutiérrez Hernández vs Guatemala.

Once fiscales conocieron el caso de Juliana Campoverde. La fiscal Mayra Soria formuló cargos en contra de Jonathan.

Sobre la reparación simbólica, solicitó que el procesado reconozca los hechos y acepte la deshonra hacia Juliana, que se sancione tanto a la Iglesia como a los jueces y fiscales que no actuaron conforme a la ley, que se publique un extracto de la sentencia en medios de comunicación y que se incluya una sección en el Museo de la Memoria de la Comisión de la Verdad que está en construcción.

Ramiro García, abogado del padre de Juliana, habló sobre el secuestro, violación y asesinato de la joven. Actos que se habrían producido en una circunstancia violenta dentro una estructura de planificación. También mencionó que “juega con la estabilidad psicológica de la familia. Es una crueldad de su parte no declarar la verdad de lo que pasó con Juliana”.

Por otro lado, la defensa de Jonathan Carrillo admitió las pruebas de la contraparte respecto a las pruebas probatorias del secuestro; sin embargo, el abogado Paúl Ocaña afirmó que los peritajes presentados no son suficientes para establecer la muerte, ya que estos testimonios son referencias y no existe cadáver.

Para Gabriela Flores, esta sentencia abre el camino a la judialización de los demás casos de desapariciones que se encuentran truncados porque se ha juzgado con prueba indiciaria. Además, lamentó que el Tribunal no haya acogido la medida de reparación de búsqueda de Juliana y de memoria.

La sentencia originó dolor y enfrentamiento entre la familia de Juliana y la familia del Pastor. Elizabeth Rodríguez exigió que le devuelvan a su hija.

Plantón en los exteriores del Complejo Judicial Norte.

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