Este lunes 11 de febrero de 2019, a las 09:30, el juez de la Unidad Judicial Penal de Cuenca, José Alejandro Peralta Parra, instalará la audiencia de revisión de cumplimiento de la sentencia dictada dentro del proceso de hábeas corpus a favor de las personas privadas de la libertad del ex Pabellón de Mediana Seguridad JC, del Centro de Rehabilitación Social Turi, que el pasado 31 de mayo de 2016 fueron víctimas de tortura.
Aquel 31 de mayo, se realizó el “Operativo de Control de Requisa” en las diferentes celdas del Pabellón de Mediana Seguridad “JC” del CDP del Centro de Rehabilitación Social Regional Sierra Centro Sur -Turi-, según la orden de servicio No. 2016-062-UCP-CRSRSCSZA-1. Dicho operativo tenía la finalidad de decomisar objetos prohibidos para las personas privadas de libertad y fue realizado por el Grupo de Intervenciones y Rescate -GIR- y la Unidad del Mantenimiento del Orden -UMO- a cargo del Mayor Rene Cañar Romero.
En este operativo, varios internos fueron golpeados y pateados por los agentes policiales, mientras otros policías roseaban con gas pimienta los rostros de los internos y proporcionaban descargas eléctricas sobre sus cuerpos. “Nos dijeron que no nos atreviésemos a mirarlos, que no teníamos ningún derecho y que tenían “autoridad de desaparecernos”, aseguraron que lo que estaban haciendo tenía luz verde del Director del CRS-TURI, de la ministra de Justicia y del ministro de Interior, que ese era el trato que nos merecíamos que los derechos humanos no son aplicables a nosotros”.
Tras escuchar estos relatos y observar los videos, el juez Esteban Vélez Pesantez aceptó el hábeas corpus el 30 de junio de 2016 y dictó medidas de reparación a favor de los internos.
Las medidas dictadas fueron:
1.- El traslado a otros Centros de Privación de la Libertad que ofrezcan las garantías a los accionantes a un Pabellón de igual seguridad en la que se encontraban al momento de los hechos.
2.- Tratamiento psicológico integral para todas los internos que sufrieron la violación a sus derechos, aunque no sean accionantes en esta acción constitucional a cargo del Ministerio de Salud que será vigilado por el Señor Defensor Regional del Pueblo del lugar en donde sean trasladados
3.- Garantías de no repetición de hechos y actos que constituyan violación de los derechos fundamentales de los internos en ningún centro de privación de la libertad a nivel nacional.
4.- Reconocimiento de responsabilidad que tienen los Ministerios de Justicia y del Interior en velar para que se respeten los derechos fundamentales de los accionantes en cualquier Centro que sea reubicados y de todos los que se encuentre privados de la libertad.
5.- Disculpas públicas por parte de los Ministerios de Justicia, del Interior y los señores policías que intervinieron en el operativo el 31 de mayo del 2.016 en el Centro de Rehabilitación Social Regional Centro Sur-Turi, por la trascendencia que alcanzó a nivel nacional e internacional mediante publicación por la prensa escrita previa revisión de dicha redacción por parte de éste juzgador.
6.- Se tomarán medidas por parte de la Policía Nacional con la finalidad de que los miembros que intervinieron en el operativo antes señalado no vuelvan a ingresar bajo ningún aspecto a ningún Centro de Rehabilitación Social a nivel Nacional.
7.- Que el 31 de Mayo del 2.017, se dicten charlas en todos los Centros de Rehabilitación Social del Ecuador a los internos y funcionarios sobre “Derechos Humanos frente a los Derechos de las personas privadas de la libertad”, bajo la responsabilidad de los Ministerios de Justicia y del Interior.
En la audiencia que se desarrolla este lunes, el juez analizará el nivel de cumplimiento de las medidas de reparación dictadas hace más de dos años.Para Pamela Chiriboga, miembro del equipo jurídico de Inredh, esta audiencia hará que las instituciones encargadas del cumplimiento de estas medidas: la Defensoría del Pueblo, el Ministerio de Salud, el Ministerio del Interior, entre otros, rindan cuentas ante un juez constitucional acerca de las medidas efectivas que se han tomado, no solo a favor de los internos afectados por la requisa del 31 de mayo del 2016 sino también a favor de las personas privadas de la libertad y funcionarios que deberían haber recibido capacitaciones acerca de derechos humanos en centros penitenciarios a nivel nacional.
Una vez que hemos visto que, en materia penal, ha fallado con la reparación y la judicialización de este episodio de tortura, al cambiar el tipo penal a extralimitación en el ejercicio de las funciones; esta audiencia resulta ser una nueva oportunidad, en materia constitucional, para el Estado de reparar los daños causados del uso excesivo de la fuerza y la falta de capacitación de sus fuerzas policiales.
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