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La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, INREDH, ante los recientes acontecimientos y declaraciones públicas dirigidas contra la Corte Constitucional del Ecuador, considera necesario manifestar lo siguiente:
- La Corte Constitucional es un órgano esencial del Estado ecuatoriano, creado por la Constitución de 2008, responsable de ejercer el control de constitucionalidad, garantizar la supremacía normativa de la Constitución y proteger los derechos fundamentales de todas las personas. Sin embargo, no es una institución que apareció de la nada: el Tribunal de Garantías Constitucionales y el Tribunal Constitucional fueron sus predecesores. Empezando en el siglo XIX, y ya de forma generalizada a principios de siglo XX, todo sistema jurídico que reconoce la supremacía de la Constitución tiene un órgano de control constitucional.
- Reconocemos que las decisiones de la Corte pueden y deben ser objeto de análisis, crítica y debate jurídico, como corresponde en una sociedad democrática. Los temas que resuelve la Corte son de máxima importancia para el país ya que arbitra sobre la división y el manejo del poder político dentro de los márgenes constitucionales, así como los alcances de los derechos de las personas. Por tanto, sus decisiones siempre generarán debate, polémica e incluso malestar. Conforme el paso del tiempo haga crecer y madurar a la institución de la Corte, la sociedad también debe acostumbrarse a la posibilidad de debatir en espacios democráticos, con las consecuencias que eso conlleva. Por esto, el cuestionamiento a la existencia misma de la Corte, su legitimidad institucional o su rol como garante del orden constitucional, constituye una amenaza directa al Estado de derecho y alimenta la idea de que la única vía para tomar acciones efectivas en el manejo del Estado es la concentración del poder y la eliminación de sus límites.
- La Corte Constitucional tiene como fin ulterior el garantizar la supremacía de la constitución como pacto social y su vigencia no está supeditada a la coyuntura o a las necesidades de los poderes político o económico. La Corte Constitucional no es infalible, pero es necesaria. En contextos de polarización política, su existencia, como árbitro constitucional, permite canalizar conflictos normativos dentro del marco jurídico y evita que el poder público actúe sin límites ni rendición de cuentas.
- En una democracia, como la que debe regir en el Ecuador, definido constitucionalmente como Estado constitucional de derechos y justicia, la soberanía radica en el pueblo y es el fundamento de la autoridad. Defender la Corte Constitucional no es defender a personas ni fallos específicos. Es defender la vigencia del orden constitucional, la estabilidad del sistema jurídico y la posibilidad de resolver los desacuerdos dentro del derecho y no fuera de él.
- Expresamos nuestro apoyo explícito a su autonomía y a la defensa de su integridad institucional, rechazando cualquier intento de descredito o injerencia que menoscabe su función.
- Ecuador tiene un historial de atentados en contra de la independencia judicial, rechazamos cualquier intento de ataque a la Corte Constitucional. Los jueces de la Corte no pueden ser sometidos a juicios políticos por parte de la Asamblea Nacional o sus designaciones revisadas por otros órganos del Estado. Cualquier intento de destituir a sus jueces constituirá un autogolpe de estado, que eliminará la posibilidad de contar con contrapesos institucionales que puedan imponer el respeto al sistema jurídico.
- La existencia de una Corte Constitucional independiente no es un obstáculo: es una garantía para todas y todos.
Confiamos en que su trabajo continuará siendo guiado por los principios de imparcialidad y transparencia, por lo que también convocamos a las organizaciones sociales a expresar públicamente su apoyo a la última instancia que nos queda para garantizar nuestros derechos.
Quito, 5 de agosto de 2025
Asamblea General de INREDH
