Inicio Nacional Jóvenes detenidos en contexto de protesta social en Cayambe y víctimas de tortura reciben disculpas públicas por parte de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional

Jóvenes detenidos en contexto de protesta social en Cayambe y víctimas de tortura reciben disculpas públicas por parte de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional

Por Yuli Gaona
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A través de un comunicado en su sitio web, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador emitió disculpas públicas por la privación de libertad que se tornó ilegal y arbitraria al trasladar y violentar de forma física y psicológica a los cuatro jóvenes, fuera de su jurisdicción correspondiente, en el marco de la protesta social en el sector de El Cajas, Cayambe.
Por su parte, la Policía Nacional en su sitio web citó: “Policía Nacional del Ecuador en cumplimiento a las sentencia, dada por el Tribunal de Garantías Penales con sede en la Parroquia Iñaquito Del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha de fecha 25 de noviembre del 2021, dentro de la Acción de Habeas Corpus de N. 17250202100194; extiende disculpas públicas; a los señores Mario Geovany Guaman Yasaca, Bladimir Inlago Inlago, Jhonny Edison Villareal Tonguino, y Edison Marco Cuascota Inlago, por haber vulnerado su derecho a la integridad personal y a la libertad; al no haber garantizado un trato digno y humano a las personas privadas de su libertad.”
La disposición forma parte de las medidas de reparación señaladas por la jueza ponente del Tribunal de Garantías Penales, Olga Ruíz, en la sentencia de hábeas corpus, emitida el 25 de noviembre de 2021.
El Tribunal de Garantías Penales ordenó como reparación integral que: “(…) 4. Se dispone que a través un comunicado publicado en un lugar visible del portal web de la Policía Nacional  y de las Fuerzas Armadas ofrezcan disculpas públicas; a los señores Mario Geovany Guamán Yasaca, Bladimir Inlago Inlago, Jhonny Edison Villareal Tonguino, y Edison Marco Cuascota Inlago, por haber vulnerado su derecho a la integridad personal y a la libertad; al no haber garantizar un trato digno y humano a las personas privadas de su libertad. (…)”
Asimismo, el Comando Conjunto publicó un extracto de la sentencia en su sitio web, en el cual se reconoce la violación de los derechos constitucionales de los cuatro ciudadanos, en conformidad con los Arts. 17 y 44 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, así como por lo dispuesto por otros instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Como medidas de reparación integral, la jueza ponente Olga Ruiz dispuso que el caso se remita a la Fiscalía General del Estado (FGE) para iniciar una investigación acerca de los hechos; que el Ministerio de Salud Pública brinde tratamiento físico y psicológico a los cuatro ciudadanos violentados, y que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional coloquen en sus páginas web un extracto de la sentencia, además de incluirla dentro de su programa de formación y ofrecer disculpas públicas a los afectados a través de un comunicado público.
CONTEXTO: 
En la audiencia que se desarrolló el 23 de noviembre de 2021, el Tribunal de Garantías Penales aceptó el hábeas corpus presentado por organizaciones de derechos humanos y familiares de cuatro personas detenidas durante la protesta social en el sector de El Cajas, Cayambe.
La jueza Ruíz aprobó la garantía jurisdiccional, en contra del Ministerio de Gobierno, de la Policía Nacional, del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas Armadas, bajo la premisa de que, si bien la detención fue legal y legítima, esta se tornó ilegal y arbitraria al trasladar y violentar de forma física y psicológica a los cuatro jóvenes, fuera de su jurisdicción correspondiente.
Asimismo, recalcó que los derechos humanos de Mario G., Bladimir I., Jonny V. y Edison C., fueron violentados al ser sometidos a vejaciones de distintos tipos durante las 15 horas de su desaparición temporal.
“Como muestra de ello, constan los exámenes médico legales, vídeos y testimonios de los afectados, los cuales evidenciaron el incumplimiento de las mínimas garantías establecidas por la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, establecida en 1984”, explicó la magistrada mientras daba lectura a la resolución.
 
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