Inicio Nacional Caso Jimmy Ocles: Tribunal llamará nuevamente a la audiencia de apelación al sobreseimiento de los procesados por irregularidades en el debido proceso 

Caso Jimmy Ocles: Tribunal llamará nuevamente a la audiencia de apelación al sobreseimiento de los procesados por irregularidades en el debido proceso 

Por Voluntarix
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El Tribunal de la Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha, que este miércoles 28 de diciembre de 2022 instaló la audiencia de apelación en el caso del delito de odio en contra de Jimmy Ocles, declaró la nulidad del proceso luego de casi 4 horas de iniciada la audiencia. 

La resolución se tomó debido a que no se permitió que el delegado de la Fiscalía General del Estado -en este proceso- ejerza su derecho a la defensa en la argumentación del recurso de apelación al sobreseimiento en el caso de Jimmy Ocles. Lo cual da como resultado la violación del derecho a la protección de la víctima. 

De acuerdo al Tribunal y según la foja 84 del expediente, el 23 de septiembre de 2022, el Fiscal Alexei Hoyos sí presentó un escrito de apelación con el que pretendía impugnar la resolución de sobreseimiento otorgada a dos policías y un funcionario bancario por el delito de odio hacia Jimmy Ocles, tipificado en el art. 177 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).  

Asimismo, el Tribunal resaltó que esta inobservación recae en la responsabilidad de la jueza Ximena Rodríguez Párraga, quien resolvió en primera instancia y además, “no se pronunció sobre el escrito que interpuso el fiscal y sólo validó la certificación de ventanilla”, dictaminó el juez Patricio Vaca durante la resolución. 

En la audiencia virtual y durante su intervención, Rosa Bolaños -asesora legal de Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh)- cuestionó el supuesto “procedimiento adecuado” que realizaron los dos agentes de la Policía Nacional al momento de detener a Jimmy Ocles -el 10 de diciembre de 2021- porque parecía ser un sospechoso de un delito, cometido ese mismo día. 

La no identificación de los policías mientras Jimmy Ocles retiraba dinero en un cajero y el posterior sometimiento en el interior de un Centro Comercial de Quito no son parte de un procedimiento policial adecuado, señaló la abogada Bolaños, quien describió como a Jimmy lo empujaron, botaron, rompieron su camiseta, e inhabilitaron -cuando un policía presionó con la rodilla el cuello de la víctima- mientras se encontraba en el piso. 

También cuestionó la resolución de primera instancia, donde se argumentó que la detención fue culpa de Jimmy Ocles por no colaborar y tener una actitud sospechosa. 

Para Bolaños, las acciones en la detención de Jimmy, un joven afrodescendiente, y el argumento de la jueza de primera instancia, demuestran que en el sistema existen estereotipos raciales naturalizados, como el hecho de que una actitud sospechosa es fácilmente vinculada a una persona afro y en su detención se debe utilizar toda la fuerza, debido a que las personas afros son violentas. Esta actuación recae de forma objetiva en lo determinado por el art 177 del COIP, ya que la motivación y por sobre todo el actuar deliberado por una condición racial materializa esta conducta de odio, sobre presuntas categorías sospechosas.  

El Tribunal de la Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha notificará sobre el llamado a una nueva audiencia, luego de declarar la nulidad en esta etapa procesal de impugnación, de acuerdo a lo establecido en el art. 652 del COIP. 

“Se debe enfatizar y por sobre todo superar estos estigmas de etiquetamiento con base a estereotipos y discursos racistas, que claramente son inconstitucionales, todo esto con la finalidad de eliminar toda forma de discriminación e impunidad en lo relativo a las actuaciones de la fuerza pública”, concluyó la abogada Bolaños. 

Contacto de prensa: 

Comunicación Inredh – 099 205 8210 

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